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El Tribunal Electoral del estado (TEEH) ordenó al Instituto Estatal Electoral (IEEH) volver a analizar dos denuncias presentadas por presuntos actos anticipados de campaña contra los políticos hidalguenses Benjamín Rico y la regidora de Pachuca, Nadia Reyna Camacho, al considerar que fueron desechadas sin la debida fundamentación.

En el análisis del juicio electoral TEEH-JE-004-2026, la demandante Lérida Xóchitl Rodríguez, señaló que el excandidato a la alcaldía de Pachuca cometió presuntos actos anticipados de campaña al publicar en sus redes sociales que a su consideración, buscaban posicionarlo rumbo al próximo proceso electoral local y presuntamente vulneró el interés superior de la niñez por la imágenes manejadas.

Sin embargo, el IEEH había desechado la denuncia radicada en el procedimiento ordinario sancionador IEEH/SE/POS/009/2026, al considerar que no se acreditaban elementos para configurar actos anticipados de campaña, ya que los hechos ocurrieron varios meses antes del inicio formal del proceso electoral local y las publicaciones no contenían un llamado expreso al voto.

Mientras que, en el análisis del expediente TEEH-JE-005-2026, la promovente Rosa Becerra Arce denunció a Benjamín Rico Moreno y a la regidora Nadia Reyna Camacho por promoción personalizada, entrega de despensas y supuesto proselitismo en horario laboral y también por presuntos actos anticipados de campaña.

Derivado de dicha queja, el Instituto Estatal Electoral integró el expediente IEEH/SE/POS/2026, sin embargo, emitió un acuerdo de desechamiento al considerar que los hechos denunciados no constituían infracciones en materia electoral.

En ambos casos, el Tribunal ordenó revocar los acuerdos de desechamiento y emitir nuevas determinaciones en un plazo breve, al considerar que el IEEH incumplió con el deber constitucional de fundamentar adecuadamente sus decisiones. El organismo electoral deberá emitir nuevos acuerdos en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia.

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